Otorga a la Fundación Amor es Vida “Hogar San José” recursos económicos presupuestados en el POA 2008.
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Resolución Municipal Nº 242/2008
VISTOS:
El oficio nº 651/2008, de 5 de agosto de 2008, mediante el cual el Ejecutivo Municipal solicita la aprobación del Convenio Interinstitucional Nº22/2008, suscrito con la Fundación Amor es Vida “Hogar San José”, para la asignación de recursos económicos por parte del Gobierno Municipal al mencionado Hogar y,
CONSIDERANDO:
Que, el 25 de Mayo de 1997 la Iglesia Católica Suscribió con el Estado Boliviano un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, ratificado en el Decreto Supremo nº 24619 de 14 de Mayo de 1997, a través del cual las partes se comprometen a ejecutar un conjunto de acciones coordinadas y concertadas en materia de protección y asistencia en favor de los Niños, Niñas, Adolescentes y ancianos en situación difícil, en el marco de la Ley de Descentralización Administrativa, la Ley de Participación Popular y de los principios, estrategias y líneas de acción de la Iglesia Católica.
Que, el 24 de noviembre de 1999 el Arzobispado y la Municipalidad de Santa Cruz de la Sierra, firman un convenio de cooperación interinstitucional, el cual tiene como marco jurídico la Ley de Descentralización Administrativa, la Ley de Participación Popular y los principios de la Iglesia Católica.
Que, la Iglesia Católica brinda los servicios y obras de promoción social en beneficio de la niñez y adolescencia de Santa Cruz.
Que, el objeto del convenio es el de ejecutar, en la ciudad de Santa Cruz, las obligaciones asumidas por el Estad Boliviano en el Convenio Marco en cuanto se refiere al beneficio y obras de promoción social de la Iglesia Católica. A partir de este Convenio el Gobierno Municipal de Santa cruz de la Sierra apoya la labor de los Hogares, Centros e Instituciones sin fines de lucro, incluyendo dentro de su POA anual una ayuda económica para las necesidades más apremiantes, como ser servicios básicos, alimentación medicamentos, y productos de limpieza.
Que, los Hogares, Centros e Instituciones recurren al Gobierno Municipal de Santa Cruz para solicitar la ayuda económica anual, presentando sus carpetas a la Dirección de Género y Asuntos Generacionales del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, con los respectivos antecedentes y asuntos requeridos.
Que, el parágrafo II del art. 200 de nuestra Carta Magna establece que: “La autonomía municipal consiste en la potestad normativa, ejecutiva, administrativa y técnica en el ámbito de su jurisdicción y competencias territoriales”.
Que, el Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra tiene atribuciones para desarrollar y promover acciones a favor de la familia, la integración social, y la protección de la Niñez y la Adolescencia, en conformidad a los Artículos 190, 191, 192 y siguientes del Código Niño, Niña y Adolescentes y el Art. 8 parágrafo i, numeral 20 de la Ley 2028, de 28 de octubre de 1999 – Ley de Municipalidades.
Que, la Fundación Amor es Vida “Hogar San José”, es una institución sin fines de lucro que se dedica al cuidado de niñas y niños huérfanos y abandonados; esta aldea se encarga de restituirlos a nuestra sociedad dándoles educación y apoyo integral para su sano crecimiento.
Que, el Concejo Municipal en su Sesión Ordinaria Nº075/2008, de 12 de agosto de 2008, aprobó la consideración con dispensación de trámite y voto de urgencia de los Convenios enviados por el Alcalde Municipal mediante Oficio Secretaría General Nº 651/2008.
POR TANTO:
El Honorable Concejo Municipal de la ciudad de santa Cruz de la Sierra en uso de sus legítimas atribuciones, conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Municipalidades, el Código del Niño, Niña y Adolescentes, y demás normas vigentes,
RESUELVE
Artículo Primero.- Se aprueba el Convenio Interinstitucional Nº 22/2008 suscrito entre el Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra y la Fundación Amor es Vida “Hogar San José”, en beneficio de los Niños, Niñas y Adolescentes del referido Hogar.
Artículo Segundo.- El Gobierno Municipal otorgará a la Fundación Amor es Vida “Hogar San José”, los recursos económicos presupuestados en el POA 2008 Preventivo Nº00635. Certificación Presupuestaria Nº 02902008 de fecha 27/02/08. Código Programático 76.0000.10. Partida Presupuestaria Nº 71600, por la suma de Bs. 15.000.00 (QUINCE MIL 00/100 BOLIVIANOS), destinados a gastos de Servicios de Agua, Energía Eléctrica, Gastos Administrativos, Productos de Artes Gráficas, Productos Químicos y Farmacia, y Servicios de Teléfono.
Artículo Tercero.- El Ejecutivo Municipal queda encargado del cumplimiento de la presente resolución.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE,
Prof. DAEN Silvia Álvarez de Lima Fernández
CONCEJALA SECRETARIA
Sr. Enrique Landivar Zambrana
CONCEJAL PRESIDENTE