Legislación Normativa Nacional RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0242

Programa Especial de Soluciones Habitacionales para Personas con Discapacidad (PROHESA).

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0242

La Paz 18 de Junio de 2010

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, el artículo 175 de la Constitución Política del Estado establece que las Ministras y Ministros de Estado son servidoras públicas y servidores públicos responsables de los actos de administración adoptados en sus Respectivas Carteras de Estado y tienen entre sus atribuciones la de resolver en última instancia todo asunto administrativo que corresponda al Ministerio.

Que, la política del Estado dispone que las personas con discapacidad tienen derechos, entre otros, a ser protegidos por el Estado Plurinacional y a desarrollar sus potencialidades individuales, para lo cual el Estado adoptará medidas de acción positiva para promover la efectiva integración de las personas con discapacidad en el ámbito político, económico, social y cultural sin discriminación alguna, generando las condiciones que permitan el desarrollo de sus potencialidades individuales.

Que, el numeral 22, parágrafo I del artículo 14 del Decreto Supremo nº 29894 de 7 de febrero de 2009 de Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional,  establece que Ministros de Estado tienen la atribución de emitir Resoluciones Ministeriales en el ámbito de su competencia.

Que, el artículo 80 el Decreto Supremo 29894,  establece que entre las atribuciones de la Ministra (o) de Justicia, se encuentra la de formular, dirigir y de concertar políticas, normas, planes, programas y proyectos que promuevan la igualdad e oportunidades de niños, niñas, jóvenes, personas adulto mayores  y personas con discapacidad, en coordinación con las entidades territoriales autónomas y descentralizadas.

Que, la Ley de 22 de enero de 1957 y la Ley Nº 1678 de 15 de diciembre de 1995, regulan los derechos, deberes y garantías de las personas con discapacidad, estantes y habitantes en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.

Que, la Ley 3925 de 21 de agosto de 2008 determina que los recursos anuales provenientes  de la eliminación del financiamiento del Estado a los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas, son destinados a favor de las personas con discapacidad.

Que, el Decreto Supremo Nº 0445 de 10 de marzo de 2010, reglamenta la utilización de los Recursos del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad (FNSE) en beneficio de las personas con discapacidad en el marco de lo establecido en la Ley Nº 3925. Dicha disposición designa al Ministerio de Justicia como instancia responsable de coordinar, priorizar y aprobar el uso de los recursos del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, así como de realizar el seguimiento de la ejecución de los programas y proyectos financiados con los recursos del referido Fondo.

Que, el parágrafo I de la Disposición Transitoria Primera del Decreto Supremo Nº 0445 establece que los recursos correspondientes a los programas y programas aprobados por el Concejo del FNSE en el marco del Decreto Supremo Nº 0256, que a la fecha se encuentren inscritos en el Presupuesto General del Estado - Gestión 2010 y cuya ejecución no se encuentre comprometida, serán resignados por otros programas y proyectos por el Ministerio de Justicia.

Que de acuerdo al Reglamento de Procedimiento en Coordinación, Priorización y  Aprobación de Programas y Proyectos del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 092 de 18 de marzo de 2010, la Dirección General de Personas con Discapacidad, una vez recibido el programa y/o proyecto procederá a su priorización en el marco de los pilares establecidos en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0445, a través de un informe que será remitido a la Dirección General de Planificación y Dirección General de Asuntos Administrativos, para que realicen un análisis sobre la consistencia, viabilidad y coherencia y un análisis financiero y plan de gastos del programa y/o proyecto, debiendo emitir dichas Direcciones sus informes correspondientes.

Que, el artículo 9 de dicho Reglamento establece que un vez recibidos los informes de las Direcciones Generales de Planificación y de Asuntos Administrativos, la Dirección General de la Persona con Discapacidad elaborará el respectivo informe final de recomendación para la aprobación  del programa y/o proyecto, si corresponde, dirigido a la Ministra (o) de Justicia, vía Viceministra (o) de Igualdad de Oportunidades. En Base a dicho Informe, de acuerdo a lo establecido por el artículo 10 de la misma Reglamentación, la Dirección General de Asuntos Jurídicos emitirá el respectivo informe jurídico y elaborará el proyecto de Resolución Ministerial.

Que, el artículo 11 del citado Reglamento establece que la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio de Justicia aprobará el programa y/o proyecto mediante Resolución  Ministerial, misma que deberá ser notificada al Ministerio Ejecutor y/o proyecto para que realice los trámites correspondientes e inicie su ejecución.

Que, mediante Nota MOPSV/DESP Nº 678/2010 de 28 de mayo de 2010, el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda remitió al Ministerio de Justicia el documento final del Programa Especial de Soluciones Habitacionales para Personas con Discapacidad (PROHESA), en el marco del Decreto Supremo Nº 0445 de 10 de marzo de 2010.

Que, el referido Programa tiene por objeto mejorar la calidad de las viviendas de las Personas con Discapacidad, mediante el mejoramiento, ampliación y reconstrucción de las mismas, eliminando las barreras físicas y arquitectónicas del Departamento de La Paz, a través de la identificación y clasificación de las características de la demanda de vivienda del grupo de Personas con Discapacidad, mejoramiento de cubiertas, pisos y muros para disminuir las barreras físicas arquitectónicas de las viviendas de Personas con Discapacidad, ampliación y adecuación de los ambientes de la vivienda para que permitan el desarrollo de actividades productivas de las Personas con Discapacidad y la permisión al acceso, a la mejora, ampliación y reconstrucción de la vivienda en áreas rurales del país a hogares de Personas con Discapacidad en los casos de extrema pobreza y alto grado de vulnerabilidad.

Que, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento de Coordinación, Priorización y Aprobación de Programas y Proyectos del Fondo Nacional de Equidad y Solidaridad, las Direcciones Generales de la Personas con Discapacidad, de Planificación y de Asuntos Administrativos, por Informes técnicos MJ-DGP/033/2010 de 11 de junio de 2010, recomendaron la aprobación el Programa Especial de Soluciones Habitacionales para Personas con Discapacidad (PROHESA).

Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Informe Jurídico MJ – DGAJ Nº 0343 de 18 de junio de 2010, recomendó la emisión de la respectiva Resolución Ministerial para la aprobación del Programa Especial de Soluciones Habitacionales para Personas con Discapacidad (PROHESA).

POR TANTO:

La Ministra de Justicia, designada mediante Decreto Ministerial Nº 0407 de 23 de enero de 2010 en ejercicio de las atribuciones establecidas por el Decreto Supremo Nº 29894 y el artículo 4 parágrafo I del Decreto Supremo Nº 0445 de 10 de marzo de 2010.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el Programa Especial de Soluciones Habitacionales para Personas con Discapacidad (PROHESA), presentado por el Ministerio de Obras Públicas, Servicio y Vivienda, en el marco de los pilares establecidos por el Decreto Supremo Nº 0445 de 10 de marzo de 2010 y la reasignación de recursos del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, consistentes en el monto de Bs. 5.000.000.- (Cinco millones 00/100 bolivianos) para la ejecución del referido Programa.

ARTICULO SEGUNDO.- El Programa Especial de Soluciones Habitacionales para Personas con Discapacidad (PROHESA) y los recursos reasignados deberán ser ejecutados  de acuerdo a su cronograma de ejecución.

ARTICULO TERCERO.- Aprobar la nota interna MJ- VIO- DPD Nº264/ 2010 de a de junio de 2010 y los Informes Técnicos  MJ-DGP/033/2010 de 11 de junio de 2010, MJ-DGAA 019/10 de 15 de junio, Final Nº 026/10 de 17 de Junio de 2010 y jurídico MJ-DGAJ Nº343 de 22 de junio de 2010.

ARTICULO CUARTO.- Las Direccione Generales de las Personas con Discapacidad,  de Asuntos Administrativos, de Planificación y de Asuntos jurídicos, quedan encargadas de la evaluación y seguimiento de las actividades económicas, financieras y de gestión del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad (FNSE), en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 0445 de 10 de marzo de 2010 y el Reglamento de Evaluación y Seguimiento de las Actividades Económicas, Financieras y de Gestión del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, aprobado mediante Resolución Ministerial  Nº092 de 18 de marzo de 2006.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

Nilda Copa Condori

MINISTRA DE JUSTICIA

Dra. Eveling Llanos Torrico

VICEMINISTRA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

 

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0242

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