Normativa Nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 834/10
Aprueba asueto a favor de los trabajadores con discapacidad por el Día Nacional de la persona con Discapacidad.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 834/10
La Paz 14 de Octubre de 2010
VISTOS:
Lo establecido por el Decreto Supremo Nº 27837 de 12 de Noviembre de 2004 referido a la declaración del DÍA NACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 72 establece que el Estado garantizará a las personas con discapacidad los servicios integrales de prevención y rehabilitación, así como otros beneficios que se establecen en la Ley.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 27837 de 12 de noviembre de 2004, se declara el 15 de Octubre de cada año como el “DÍA NACIONAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD”.
Que mediante resolución Ministerial Nº 0799/09 de fecha 14 de octubre de 2009 se dispuso de manera excepcional asueto a favor de los trabajadores con discapacidad para que participen en los actos conmemorativos por el DIA DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD.
Que mediante nota CITE: CONALPEDIS Nº3037/2010, el Comité Nacional de la Persona con Discapacidad Solicita que se emita una Resolución de asueto para los trabajadores con discapacidad a fin de que puedan asistir a los diferentes actos conmemorativos que se realizarán en diferentes Instituciones que trabajan con la temática de discapacidad.
Que, dando aplicación al Decreto Supremo señalado corresponde que Mediante Resolución Ministerial se declare de manera excepcional para la mencionada fecha en curso, asueto para las Personas con Discapacidad trabajadores de Entidades, Instituciones, Empresas Públicas y Privadas.
POR TANTO:
La Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en uso de las facultades conferidas por Ley:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Disponer de manera excepcional asueto a favor de los trabajadores con discapacidad, el Día viernes 15 de Octubre del presente año, para que participen en los actos conmemorativos del DÍA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
ARTICULO 2º.- Cada empresa o institución del sector público y privado deberá tomar las previsiones necesarias para el cumplimiento de la presente resolución ministerial.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
FDO. Carmen Ruth Trujillo Cárdenas, MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL.
ES CONFORME: FDO. Dr. Félix Rojas Gutiérrez Viceministro de Trabajo y Previsión Social.
La Paz, 14 de Octubre de 2010
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